Una investigación de Carmelo Portal reveló que la demolición del edificio de Ignacio Barrios y Sarandí no tenía el permiso municipal de demolición al momento de comenzar a ejecutar estas acciones.
En efecto, el Permiso de Demolición es el acto por el cual la Intendencia autoriza al solicitante a demoler de acuerdo a los términos y a la documentación oportunamente elevada en la respectiva gestión ante la Intendencia de Colonia, sostiene el Capítulo II de la Ordenanza de Edificación; Decreto Nº 011/2015 del 20/05 y 17/06/2015, modificado por Decreto Nº 008/2016 del 16/03/2016.
Luego de tirar abajo gran parte de la misma recién este viernes habría ingresado la solicitud de demolición a la Intendencia de Colonia.
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El caso podría terminar en la justicia
Las responsabilidades civiles o penales de la intervención serían de los propietarios y del Técnico que viene realizando la demolición sin tener la autorización municipal, informó a Carmelo Portal una alta fuente de la Intendencia de Colonia «la demolición está detenida y la responsable técnica está informada de la situación.»
Para realizar cualquier obra o demolición se necesita la autorización previa y además medidas de seguridad que no están siendo cumplidas por la normativa. «Toda obra deberá tener un cerco vertical (barrera) con respecto a la vía pública, con una altura mínima de 1,80 mts. y con un máximo de vacíos del 20%. Este cercado de la obra debe asegurar el tránsito de los usuarios de la vía pública frente a la obra sin riesgos de accidentes no debiendo obstruir la visibilidad de los elementos de señalamiento de tránsito.»
«Se entiende por obra a estos efectos cualquier trabajo ya sea de construcción, modificación, demolición de edificios, limpieza de fachada o trabajos de armado de estructuras y equipos auxiliares, tales como guinches, andamios, etc., que por su índole pueda representar una molestia, obstáculo o peligro para los usuarios de la vía pública, dice la Ordenanza. En la demolición de calle Ignacio Barrios y Sarandí solo colocaron una cinta amarilla de precaución sin contemplar la normativa.
Qué dice la Ley?
Es obligatorio obtener permiso de la Intendencia de Colonia para realizar trabajos de demolición, el cual se gestionará en el Departamento de Arquitectura y en la oficina correspondiente del MTSS que exige un Estudio y Plan de Seguridad particular para cada caso. Toda solicitud de Permiso de Demolición deberá cumplir con los requisitos de Permisos de Construcción especificados en el Artículo 2.1.2. (Tramitación De Permisos De Obra).
En los casos de demolición total bastará con indicar las características constructivas de la edificación y sus siluetas conforme a lo especificado en el ítem 2.2.1.2 (con referencia de la Lámina de Edificación).
En los casos en que la demolición sea parte de una obra a realizar, el permiso correspondiente, se gestionará conjuntamente con el permiso de obra, y se tramitará independientemente en los casos en que se trate de un hecho aislado de acuerdo a lo siguiente:
1. La solicitud deberá ser suscrita por propietario del bien y llevará la firma del profesional responsable y de la empresa que realice los trabajos.
2. Contener memoria descriptiva suscrita por profesional responsable señalando el procedimiento a adoptar, para la realización de los trabajos y su plazo de ejecución.
3. Contener constancia de registro en la oficina de trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
4. Si se tratara de un predio ubicado en el Barrio Histórico de la ciudad de Colonia del Sacramento u otra zona caracterizada del Departamento deberá exhibirse constancia de la autorización previa de parte del organismo competente.
El Permiso de Demolición no autoriza a realizar excavaciones.
Cercado del predio durante y después de la demolición.
Durante la demolición deberá cercarse el predio, de acuerdo con lo que establecen las disposiciones vigentes en materia de barreras Artículo 3.5 y siguientes.
Cuando sea imprescindible bajar materiales hacia la acera o calzada, se exigirá la confección de bandejas de protección, rigurosamente apuntaladas, a fin de dar seguridad al tránsito peatonal.
Al terminar los trabajos, el predio deberá quedar a nivel del piso de planta baja. Se tomarán todas las medidas necesarias para impedir la inundación de subsuelos o sótanos con aguas de lluvia como también la entrada de intrusos.
Siempre que no signifiquen riesgos, podrán mantenerse las fachadas como cercos si sus aberturas son debidamente tapiadas. Se respetarán las medidas exigidas para CERCOS establecidas en la presente ordenanza en cuanto a la estética urbana y vistas hacia el interior del predio.»