La sentencia condenó a L. M. P. R., como autor penalmente responsable de la comisión de doce delitos de contacto con menor a través de un medio informático para atentar contra su integridad sexual, en reiteración real con un delito de abuso sexual sin contacto y un delito de retribución o promesa de retribución a una menor de edad en calidad de autor, y a título de dolo directo, a la pena de cinco años y cuatro meses de penitenciaría, de cumplimiento efectivo, con descuento de la detención sufrida y siendo de su cargo los accesorios legales de rigor
En abril de 2021, el ahora condenado se comunicó a través de una red social con una niña de 8 años. La contactó usando un perfil falso en el que se presentaba como un niño de 12 años. Luego de entablar conversación, le manifestó su intención de intercambiar contenido de índole sexual e hizo una llamada a la niña quien, asustada, no respondió y le dio el celular a sus padres. Al ver el tenor de la conversación, estos radicaron la denuncia penal.
De la investigación que llevó adelante la Fiscalía Departamental de Dolores, surge que el imputado utilizó esta misma forma de contactar víctimas en reiteradas oportunidades. Al momento de la condena, se habían identificado 12 víctimas, todas menores de edad (entre 8 y 13 años), pero se continua en procura de identificación de otras niñas y adolescentes dado el elevado número de perfiles del imputado en redes sociales hallados en su celular.
Asimismo, surgió que el condenado las contactaba (por Instagram o TikTok, para luego utilizar Whatsapp) haciéndose pasar por un niño o adolescente (de 12 a 14 años, según lo relevado), entablaba conversación y luego de ganar la confianza de las víctimas comenzaba a hablar de sexo, enviar fotos y mensajes con contenido íntimo, así como incitarlas a tener intercambios sexuales y/o ver pornografía, entre otros actos con connotación sexual. En uno de los casos investigados, el ofensor intentó persuadir a la niña para que acceda a tener sexo con él. Ante la negativa de la víctima, le ofreció dinero para convencerla. Les decía que no le contaran a sus padres, que borrara los mensajes que él enviaba, junto a otras indicaciones para silenciar a las víctimas, mantener el secreto y, así lograr perpetuar la conducta delicitiva y ofensiva hacia ellas.
Incluso luego de formalizar la investigación, estando el imputado ya con medidas cautelares (arresto domiciliario) continuó contactando a otras menores con idénticos fines.
Además de la condena referida, se dispuso para L. M. P. R. la pérdida del ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela guarda o tenencia de niñas niños o adolescentes, personas con discapacidad y personas mayores en situación de dependencia, así como el ejercicio de funciones públicas y privadas que impliquen trato directo con los/as mencionados.
También se determinó la inscripción del condenado en el Registro Nacional de Violadores y Abusadores Sexuales.