Siete años después de un accidente trágico en la Ruta 55, la Suprema Corte de Justicia confirmó la sentencia que condena a Chadre S.A., integrante del Grupo Agencia Central, a indemnizar con más de 60.000 dólares a una pareja afectada por el siniestro que dejó al conductor fallecido y a varios pasajeros heridos, señala El País.
El accidente ocurrió en la madrugada del 19 de junio de 2017. Un ómnibus de la empresa Chadre partió de Dolores rumbo a Montevideo cuando, alrededor de las 03:30, volcó al tomar una curva pronunciada. Según testimonios, el vehículo frenó de golpe e intentó girar bruscamente antes de perder el control. El conductor, de 29 años, murió en el lugar y 23 pasajeros resultaron heridos, tres de ellos de gravedad.
Entre los lesionados se encontraba un hombre que sufrió heridas severas en el brazo derecho, lo que derivó en la pérdida de parte de su antebrazo. Este daño requirió más de un mes de hospitalización y 11 intervenciones quirúrgicas. Su pareja presentó una demanda conjunta por daños y perjuicios: él, por responsabilidad contractual debido al incumplimiento de las obligaciones de seguridad de la empresa; ella, por daño moral.
El proceso judicial
La empresa Chadre compareció en 2021, argumentando que el conductor no era su empleado directo sino de una sociedad comercial distinta, además de señalar que no hubo exceso de velocidad en el momento del siniestro. Asimismo, intentó responsabilizar al pasajero demandante, alegando que no llevaba puesto el cinturón de seguridad, lo que, según su defensa, agravó las lesiones sufridas.
El juez de primera instancia rechazó estos argumentos y condenó a la empresa a indemnizar con un total de más de 60.000 dólares. El fallo asignó 45.000 dólares y 254.184 pesos (casi 6.000 dólares adicionales) al hombre por las graves consecuencias físicas, mientras que su pareja recibiría 10.000 dólares por daño moral.
Disputa sobre intereses
El cálculo de los intereses legales fue un punto de controversia durante el proceso. La empresa intentó que estos se aplicaran desde el momento de la presentación de la demanda y no desde el accidente. Sin embargo, la Suprema Corte ratificó que los intereses deben computarse desde el momento del siniestro, lo que incrementará significativamente el monto final a abonar.
Impacto y lecciones
Este caso pone en evidencia las responsabilidades que las empresas de transporte deben asumir para garantizar la seguridad de sus pasajeros. Si bien el fallo llega tras un largo proceso judicial, representa un importante precedente para víctimas de accidentes similares y refuerza la obligación de los transportistas de velar por la seguridad de quienes confían en sus servicios.
La resolución también destaca el impacto emocional y físico que puede tener un accidente en las víctimas y sus familias, así como la importancia de un sistema judicial que garantice justicia incluso tras años de litigio.
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