El Consejo Directivo Central (CODICEN) de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) aprobó un conjunto de disposiciones transitorias para el otorgamiento de certificaciones médicas en el interior del país, hasta tanto no se efectivice la puesta en marcha del nuevo sistema de gestión en materia de salud laboral y ocupacional.
Según lo establecido por la resolución Nº 11, Acta Nº 36, el funcionario deberá dar aviso de su inasistencia dentro de las primeras horas de labor a la repartición donde trabaja, teniendo en cuenta que no se concederán certificaciones de carácter retroactivo. El incumplimiento de esta formalidad determinará que dicha inasistencia se considere falta sin aviso.
Asimismo, se resolvió que se aceptará la certificación expedida por el médico tratante del Sistema Integrado de Salud, presentada con las formalidades requeridas en la legislación vigente.
Todo funcionario de la ANEP que certifique licencia médica deberá completar y firmar por duplicado el modelo de formulario que se adjunta e integra la presente resolución. A tales efectos, estará disponible y debidamente identificado en la página web www.anep.edu.uy.
En los departamentos en los que la ANEP no cuenta con médico certificador, dentro de las 48 horas hábiles a partir del inicio de la licencia, el funcionario deberá entregar, en el centro educativo en el cual cumple funciones, el certificado del médico tratante, en un sobre cerrado con su nombre y documento de identidad.
En tal sentido, adjuntará, fuera del mismo, dos vías del formulario, debidamente completas y suscritas. Concomitantemente, el centro educativo dejará constancia en ambos formularios de la fecha del aviso de inasistencia recibido, así como de la recepción de la documentación aludida y, en un plazo máximo de 48 horas (días hábiles), remitirá por correo el sobre cerrado con uno de los formularios a la División Servicios Médicos de la capital, sita en Bulevar General Artigas 4346.
En los departamentos en los cuales la ANEP cuente con médico certificador, dentro de las 48 horas hábiles a partir del inicio de la licencia, el funcionario deberá entregar, en el centro educativo donde se desempeña, el certificado del médico tratante en un sobre cerrado identificado con su nombre y documento de identidad.
Asimismo, adjuntará, fuera del mismo, dos vías del formulario debidamente completadas y suscritas. En este caso, el centro educativo dejará constancia, en ambos formularios, de la fecha del aviso de inasistencia así como de la recepción de la documentación aludida y, en un plazo máximo de 48 horas (días hábiles), remitirá por correo el sobre cerrado con uno de los formularios al médico certificador del departamento.
En ambos casos, ante la imposibilidad del funcionario de trasladarse a consecuencia de su enfermedad, el trámite correspondiente podrá ser realizado por un representante con la documentación enunciada, dentro de las 48 horas hábiles del inicio de la licencia. El centro educativo deberá realizar la gestión detallada precedentemente.
De acuerdo a lo estipulado por la resolución, el sistema transitorio de certificaciones médicas entró en vigencia a partir del 1º de julio de este año.
Por otra parte, se dispuso que en aquellos departamentos del interior del país en los que la ANEP cuenta con médico certificador, se aplique en forma indistinta y se admita con igual validez el sistema transitorio de referencia y mecanismo de certificación presencial durante un plazo de 90 días a partir del 1º de julio, a los efectos de la mejor implementación de la resolución.
Asimismo, se estableció que en el departamento de Montevideo el régimen de certificaciones médicas continuará como en el presente, hasta nueva resolución del CODICEN.
En otro orden, se estipuló dar continuidad a las gestiones iniciadas ante el Banco de Previsión Social, a los efectos de incorporar a los funcionarios de la ANEP al régimen general aplicable a nivel nacional, con el propósito de generar un sistema ágil y eficiente que garantice el cumplimiento de la normativa de aplicación en un marco de respeto de los derechos humanos de los funcionarios.
También se resolvió continuar avanzando en el marco de la Comisión Bipartita de Salud Laboral (CSEU-CODICEN), con el propósito de generar acuerdos que coadyuven a profundizar la política de salud laboral y ocupacional de los funcionarios del organismo.
Vía ANEP