Por Daniel Abelenda
“El que ante varias personas pero de tal manera que pueda difundirse la versión, le atribuyere a otra un hecho determinado, que de ser cierto, pudiera dar lugar contra ella a un procedimiento penal o disciplinario, será castigado con pena de 4 meses de prisión a 3 años de penitenciaría, o 80 a 8.000 UR.” Artículo 333 del Código Penal (Difamación e Injurias).
Según consigna el Semanario EL ECO (edición 7 de enero 2017, págs. 1 y 2), el pasado 30 de diciembre, un grupo de ediles del Frente Amplio presentaron una denuncia ante la Seccional 3ª. de Carmelo contra dos ciudadanos de esa ciudad, que “han menoscabado el honor de los denunciantes”, expresan. Los supuestos “ataques y agravios” fueron vertidos en la red Facebook, criticando el voto de estos curules a favor del proyecto de tasa de alumbrado que envió el Intendente Moreira a la Junta Departamental y esta aprobó, con los 16 votos del P. Nacional más 8 del Frente Amplio, que votó dividido. La Mesa Política del FA y los ediles Márquez y Montaña, se han manifestado en contra del impuesto que los colonienses veremos agregado a nuestra factura de UTE a partir de este mes. Esto último forma parte del funcionamiento del juego político, con debates y desacuerdos extra o intra partidarios, que son normales y hasta deseables en una Democracia.
Lo que sí es llamativo –y grave- en un Estado de Derecho como el Uruguay, es el procedimiento seguido por los denunciantes y el papel de la Policía. Siempre según la crónica de EL ECO, los ciudadanos denunciados “fueron citados el 30 de diciembre a las 19:45 hs., donde el Encargado de Investigaciones de Zona 1, los interrogó preguntándoles sus datos, sus “medios de vida y cómo está compuesto el núcleo familiar (sic) y si realizaron publicaciones en las redes sociales y de qué tenor”. Después, “el Oficial de Investigaciones les hace firmar dos actas, a cada uno por separado. En una se comprometen a publicar en la red social Facebook, el arrepentimiento (¡!) sobre publicaciones realizadas sobre el Intendente de Colonia y sus ediles (¿los del FA también?), y “de cualquier índole”, agrega el acta, que estos ciudadanos fueron conminados a firmar –en clara violación del Art. 10 de la Constitución: “Ningún habitante de la República será obligado a hacer lo que no manda la ley…”
Digamos que las redes sociales (Facebook, Twitter, u otra similar) son consideradas por nuestra legislación como parte del espacio público que refiere el Art. 333 del Código Penal. Las redes no significan la impunidad del anonimato. De hecho, los Jueces han procesado a varias personas por este delito en los últimos años. Así, el año pasado el Senador Lacalle Pou denunció a un ciudadano (de Carmelo, casualmente) por difamarlo via Facebook, y este debió retractarse en una audiencia pública. Pero Lacalle recorrió todos los procedimientos legales y acudió al Poder Judicial para lograr esta sentencia favorable a su honor.
Algo muy distinto es lo que hicieron los ediles Pittamiglio, Bonet, Chevalier, Geymonat, Skafar, Castro, Arenas y Cordones. Hacer “ir a la comisaría”, como en las épocas de la dictadura (de ideología fascista, la del 73, y tan totalitaria como la comunista que combatía) a dos ciudadanos y obligarlos a declarar, sin una orden del Juez ni Abogado presente, y a firmar “un acta” que cercena su derecho a la libre expresión, es un acto autoritario por donde se lo mire.
Los damnificados han convocado a los doctores Ricardo Aranda y Norma Moreira para que los defiendan frente a esta violación de sus Derechos Humanos. El abogado (y exlegislador departamental) Aranda expresó su “perplejidad ante lo que suceda con esta denuncia de algunos ediles del FA.”
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