BCU reiteró que el PIN es el único requisito exigible en transacciones con medios de pagos electrónicos

Ante denuncias recibidas de diferentes usuarios, el Banco Central del Uruguay (BCU) reiteró que el Código de Identificación Personal (PIN) es el único requisito exigible al momento de realizar transacciones con medios de pagos electrónicos, de acuerdo con las disposiciones vigentes, y sin solicitar datos extra a los tarjetahabientes.

Este cambio fue aprobado por el BCU el año pasado para agilizar la operativa de pago por tarjeta de débito, donde el usuario únicamente ingresa su número de PIN sin necesidad de presentar cédula, rubricar firma o proporcionar dato alguno de la persona (dirección, teléfono, etc). Esta medida se aplica cuando la transacción no supere las 5.000 Unidades Indexadas, equivalentes a $ 17.191 (excluidas las tarjetas de crédito y medios de pago emitidos en el exterior).

Aquellos actores participantes en el ciclo de la transacción (emisores, sellos, adquirentes, procesadores y administradores de redes) que ya solicitaban solamente el PIN en este tipo de operaciones deberán continuar haciéndolo de esa manera.

En tanto, quienes hasta el momento no cuenten con la adecuación tecnológica necesaria para solicitar el PIN tienen plazo para dicha actualización hasta el 1° de marzo de 2017, según lo establecido en la Resolución correspondiente.

Asimismo, el comprobante de la transacción (ticket) debe incluir la inscripción: “No se requiere firma u otro tipo de datos personales”.

Salir de la versión móvil