He sostenido que el decreto que votaron los ediles departamentales el 16 de diciembre de 2016 es el peor decreto que se haya votado en toda la historia de la Junta Departamental de Colonia.
1- Se creó el Impuesto al Alumbrado Público , derogándose la tasa que se cobró y se cobra en todas las intendencias del país.
2- Se modificó el 29 de diciembre de 2016, introduciéndole cambios al primer decreto votado pocos días atrás.
3- Como se olvidaron de adjuntar los planos con las zonas de la ciudad de Tarariras, tuvieron que hacer un nuevo proyecto para que esta ciudad quedara incorporada al nuevo impuesto.
4- Al crearse un sistema de franjas geográficas para fijar los montos a pagar, se dejó de lado la capacidad contributiva que debe tener un impuesto. Ahora se paga de acuerdo al lugar donde se reside.
5- El gobierno nacional para facilitar el pago de las Intendencias morosas y trabajar sobre la eficiencia energética exoneró en un 40% el pago de esa energía. El decreto votado por la amplia mayoría de los ediles, con esta exoneración nacional, hace rebajas de 30 % a los grandes contribuyentes. Es decir le rebajaron a los que tienen más.
6- Aún no se sabe oficialmente cuantos contribuyentes estaban obligados con el pago anterior de la tasa Y y cuantos ingresaron ahora con el nuevo impuesto.
7- Los que tienen menos pagan más.
8- Todas las zonas de balnearios y barrios alejados de los centros urbanos, son castigadas porque son los lugares donde hay menos luminarias, en algunas zonas con pocas lámparas algunas de ellas de hace 50 años.
9- Se viola el artículo 5 y 69 de la Constitución al cobrarse al barrer a todos los que tengan conexión a UTE, sin exceptuar a quienes están exonerados. Templos, clubes sociales y deportivos, enseñanza privada.
10- Se cobró el impuesto antes de entrar en vigencia. En violación a lo dispone el artículo 299 de la Constitución, por valor de $ 2.000.000 de acuerdo a lo que el propio Intendente ha declarado.
11- De la lectura del Decreto no surge ningún capítulo ni artículo que refiera a las multas y recargos por atraso en el pago, tampoco remisión a otra fuente legal. Sin embargo UTE,está cobrando en sus facturas recargos a quienes pagan fuera de fecha.
12- Ahora pagan los que estén a cualquier título en un inmueble, ejemplo, los ciudadanos que alquilan pagan este impuesto y no lo paga el propietario.
13- Si en un padrón de una familia modesta viven 3 núcleos familiares y los tres tienen conexión con UTE, pagan los tres.
14- Una familia que tiene su casa y un pequeño local comercial, si paga $ 300 pagaran al año $ 7200 por el alumbrado.
15- Si el concepto que manejaron algunos ediles y el propio Intendente que del alumbrado público nos beneficiamos todos…..por qué hay sectores que no pagan ?
16- Por qué en el resto de los departamentos del país se cobra como tasa y lo pagan quienes reciben el servicio y lo pagan de acuerdo al servicio que reciben como en Florida donde por un foco en la cuadra el contribuyente paga $ 40. por mes.
17- Por qué en Colonia se le cobra a quienes no tienen ningún foco frente a su casa ni cerca de su inmueble.
Quizá alguien me aporte elementos y me hace cambiar de opinión, no he escuchado a ningún edil departamental de los que votaron este impuesto hablar de estos temas que hemos planteado acá.
No conozco si este decreto se votó en la Junta en forma nominal o solamente a mano alzada.
Si fuera en la primera opción se puede saber que ediles departamentales votaron a favor este impuesto.
De lo contrario hay que hacer una reconstrucción más fina, aunque en términos más gruesos, lo votaron la totalidad de los ediles del Partido Nacional 18, de los doce ediles del Frente Amplio votaron 8 a favor, tres en contra y uno no estaba en sala a la hora de la votación El único edil que tiene el Partido Colorado votó en contra.
Dr. Ricardo Aranda