El Juez Letrado en lo Contencioso Administrativo de 3º Turno, Dr. Pablo Eguren, condenó al Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU) a indemnizar a dos madres, y al hijo de una de ellas, que reclamaron por los maltratos físicos y psicológicos que padecieron sus hijos en distintas dependencias del organismo.
Según surge de las actuaciones, la madre del adolescente N., quien se encontraba cumpliendo medidas socio-educativas según lo dispuesto por la Justicia de Adolescentes en el Centro Ser del SIRPA en el año 2014, denunció que su hijo era golpeado por funcionarios del centro e incluso la familia era intimidada por dichos empelados, donde sólo le permitían ver al menor por media hora. En varias de estas visitas, la madre del joven constató que el mismo se encontraba sucio, golpeado y prácticamente no hablaba, por lo cual realizó la correspondiente denuncia y también se comunicó con los medios de prensa.
Por otra parte, en el caso del joven F., que también se encontraba cumpliendo medidas en el Centro de Ingreso y Derivación en el año 2013, su madre constató en la segunda visita que los internos comían cosas en mal estado. Asimismo, familiares del adolescente fueron víctimas de comentarios denigrantes por parte de los funcionarios, lo que provocó la angustia de los mismos.
Posteriormente, se realizó un motín en el que F. fue obligado a intervenir por estar en la pieza donde se produjo el disturbio. Los internos fueron golpeados y por ello F. salió por un boquete abierto en la pared y volvió a su casa, presentándose al día siguiente nuevamente en el centro. Al llegar, el policía que estaba en la puerta lo tomó de los pelos y lo entró a golpes. Dicha situación determinó que su madre intentara quitarse la vida, y luego fue internada en el Sanatorio Etchepare. Más tarde, el joven fue trasladado al Centro Ceprili, donde también continuaron los maltratos.
Según surge de los expedientes, varios funcionarios fueron procesados sin prisión por reiterados delitos de abuso de autoridad contra los detenidos y uno de ellos con prisión por el mismo delito. Asimismo, en referencia a los hechos denunciados en el transcurso del año 2013, que involucraron a varios funcionarios que se desempeñaban en el Hogar Ser del Centro de Internación Colonia Dr. Roberto Berro, donde se ejercían actos arbitrarios y se sometía a los internados a rigores no permitidos por el reglamento, se les inició una investigación administrativa por parte de la Comisión Delegada del SIRPA, y la División Jurídica separó del cargo a algunos de los funcionarios con retención de medio sueldo, y otros fueron derivados a desempeñar funciones en otras dependencias del INAU.
En ambos casos, el magistrado acogió parcialmente la demanda, entendiendo que si bien se denuncian los hechos contra INAU-SIRPA, éste último es un órgano desconcentrado del INAU, creado por Ley nº 18.771 de julio de 2011 a quien se le delega por resolución fundada las atribuciones que le asignan las normas legales. Por lo tanto, el SIRPA está subordinado jerárquicamente al INAU.
En sus fallos, el Dr. Eguren condena al INAU al pago del rubro daño moral en favor de la madre del adolescente N. por la suma de $ 240.000, y en el caso de F., el pago de U$S 5.000 y U$S 3.000 en favor del interno y su madre respectivamente.