Integrantes de la Comisión Pro Referéndum apelaron ayer la Sentencia de la Corte Electoral que no validó la consulta pública en el tema Impuesto al Alumbrado.
En la argumentación explican que «el Organismo y sus jerarquías incumplieron con los procedimientos básicos de cualquier litigio, y sus integrantes actuaron como voceros de las resoluciones mucho antes que la parte actora tuviera conocimiento por las vías correspondientes.»
En el recurso apuntan al Director de la Oficina Nacional Electoral, escribano Fernando Pereira que «antes que la Comisión Electoral fuera notificada informó por orden de la Corte Electoral se había suspendido la verificación de las firmas y que desde el punto de vista jurídico el tema estaba laudado.»
El documento cuestiona la difusión pública a través de los medios de comunicación que colgaron el documento completo con los nombres de los ministros que votaron en discordancia.
Advierten ademas que «no existe en ninguna parte de la Resolución del Intendente presentada ante la Corte Electoral, junto con las firmas, salteándose un paso el cual era la notificación a la comisión Pro-Referéndum, que el Impuesto del Alumbrado Público, sea una norma presupuestal, sino que expresa textualmente que se creo en cumplimiento de lo dispuesto por el inciso final del artículo 679 de la Ley 19.355.»