El Tribunal de Cuentas observó al Municipio de Nueva Palmira por diversas irregularidades administrativas y de procedimientos.
Según detalla una resolución del TCR, disponible en el sitio web del organismo «en las Oficinas descentralizadas de la Intendencia se realizan pagos por compras propias o del Municipio, sin haber sido intervenidos preventivamente, o en forma simultánea, por el Tribunal de Cuentas, no dándose cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 211 Literal B) de la Constitución de la República, en los Artículos 87 y 103 del TOCAF y en el Artículo 17 de la Ordenanza Nº 64 del Tribunal de Cuentas.»
En otro punto advierten que «cuando cada Dirección u Oficina Descentralizada de la Intendencia y los Municipios contratan directamente, no se realiza afectación previa del objeto del gasto, lo que no permite conocer la disponibilidad presupuestal en el momento del compromiso, lo que imposibilita el cumplimiento de lo dispuesto por los Artículos 15 y 102, Numerales 3, 4 y 7 del TOCAF.»
El TCR también observó «la Licitación Abreviada Nº 42/015, relativa al bacheo de calles de localidades de la zona Oeste del Departamento (incluye Nueva Palmira), fue adjudicada con fecha 30/10/15 por el Intendente. En consecuencia se incumplió con el Artículo 7 de la Ley Nº 19.272, ya que esa norma fija como materia municipal el mantenimiento de la red vial local, por lo que el ordenador del gasto debió ser el Municipio.»
La intervención del Tribunal de Cuentas en el Municipio de Nueva Palmira se debió a solicitud de la Junta Departamental de Colonia en el año 2015. La resolución del Tribunal de Cuentas se realizó en sesión de fecha 5 de abril de 2017.