Con fecha 27 de noviembre la Junta de Transparencia y Ética Pública se expidió en el caso sobre la gestión del intendente de Soriano, Agustín Bascou, por las compras de combustible durante su gestión a las estaciones de servicio que eran de su propiedad.
El documento da cuenta del Decreto 30/003 sobre Normas de Conductas de la Función Pública en donde su artículo 28 da cuenta de la prohibición a los funcionarios públicos de ejercer su función con relación a las actividades privadas a las que se encuentren vinculadas.
Para la JUTEP Bascou debió «evitar cualquier acción en el ejercicio de la función pública que exteriorice la apariencia de violar las Normas de Conducta de la Función Pública.El intendente «adoptó decisiones y firmó convenios que generaron y/o pudieron generar beneficios económicos a las estaciones de servicios» de las que él era propietario», señala el informe.
Decisiones adoptadas por el Intendente generaron beneficios económicos para las estaciones de servicio en las que la Intendencia cargaba combustible adquirido a ANCAP y en particular para las tres estaciones en cuya sociedades propietarias tenía participación el señor Bascou.
La Junta de Transparencia y Ética Pública (Jutep) por unanimidad señaló que el intendente de Soriano, Agustín Bascou, violó normas vigentes en materia de rectitud, probidad, legalidad, implicancias, transparencia y publicidad, prohibición de relaciones con actividad vinculada y declaración jurada de implicancias. Esas normas están establecidas en la ley 17.060, la llamada «Ley Cristal» respecto a los funcionarios públicos, y el decreto 30/003 que reglamenta las normas de conducta en la función pública.
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