Publicamos el escrito presentado en el Juzgado de Colonia de 1° instancia por los ediles socialistas:
Sr. Juez Letrado de Primera Instancia de Colonia de 1° Turno:
José Luis PITTAMIGLIO, Michael SKAFAR, José Manuel ARENAS, Magdalena FUENTES, Ediles Departamentales, con domicilio en Rivadavia s/n, al señor Juez nos presentamos y DECIMOS:
Que venimos, en nuestra calidad de ediles departamentales a denunciar hechos con presunta apariencia delictiva en relación a la Intendencia de Colonia en mérito de las siguientes circunstancias y fundamentos:
HECHOS
- En el año 2011, la Intendencia de Colonia procedió a la realización de una LICITACIÓN ABREVIADA (03/2011) a efectos de adquirir una “camioneta todo terreno 4X4 y tracción en las cuatro ruedas” estableciendo los respectivos pliegos de condiciones generales y particulares para la mencionada contratación.
- Se procedió a la imputación preventiva del gasto, siendo observado por el contador delegado del Tribunal de Cuentas Cr. Jorge Ingold de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 15 del TOCAF.
- Seguidamente se efectuó la invitación a distintas empresas del ramo a efectos de que se presentaran con sus ofertas.
- En febrero, el Intendente Dr. Walter Zimmer resuelve reiterar el gasto (en virtud de la observación del tribunal de cuentas) y adjudicar la compra al único oferente, AYAX S.A por un monto total de U$S 54900 quien además se obliga, en virtud de los parámetros de los pliegos, al recambio automático, sin costo adicional, por otra unidad de las mismas características, al cumplimiento de los 3 años o 100000km (el evento que se produzca antes).
- El 15 de mayo de 2013, la empresa AYAX S.A envía una carta a la Intendencia informando que estaba dispuesta a realizar el recambio de la camioneta por una unidad 0K tal como se había acordado. No habían transcurrido 3 años desde la adquisición y no se acredita en ningún lugar que la camioneta hubiera llegado a recorrer los 100000km que establecían los pliegos para el recambio.
- El 21 de Junio de ese año, el Intendente Dr. Walter Zimmer resuelve aceptar la propuesta formulada por la empresa a efectos de proceder al recambio de la camioneta adquirida en 2011, lo que efectivamente se concretó.
- El 18 de noviembre de 2014, la empresa AYAX S.A envía una nueva carta informando que estaba dispuesta a realizar un nuevo recambio de la camioneta adquirida por la Intendencia en 2013 por una nueva unidad 0K.
- Ésta circunstancia nunca fue prevista en la licitación abreviada inicial y sin procederse a realizar una nueva (o por lo menos no surge acreditado de las actuaciones que tenemos a nuestro alcance) ni someterse a los procesos que el TOCAF establece para la realización de cualquier gasto o contratación, el Intendente Dr. Walter Zimmer resolvió aceptar la propuesta de la empresa y proceder a un nuevo recambio.
- Más adelante, el Intendente de Colonia Dr. Walter Zimmer conjuntamente con el Secretario General Dr. Esc. Pablo Manitto extendieron una CARTA-PODER en la que autorizan a María Alejandra Frachelle Jourdan y/o Roque Néstor Pensado Rodríguez a “…empadronar, asegurar, enajenar, solicitar duplicado de libreta, realizar transferencia de la titularidad, recibir el precio, otorgar recibo…” respecto de la camioneta adquirida por la permuta en el año 2013 que en realidad debió haberse entregado a AYAX S.A en virtud de la adquisición de la nueva camioneta modelo 2015.
- Las firmas de la mencionada carta-poder fueron certificadas por la Esc. Jimena Madero Ernst el 28 de mayo de 2015, 18 días después de las elecciones departamentales y 45 días antes de la asunción del Intendente electo, Carlos Moreira.
- El 29 de julio de 2015, 20 días después de haber asumido el nuevo Intendente Dr. Carlos Moreira, Walter Zimmer (quien había dejado de ser Intendente 20 días antes) COMPRA a la Intendencia de Colonia (quien es representada a los efectos por María Alejandra Frachelle Jourdan en virtud de la carta-poder que el mismo Walter Zimmer había otorgado el 28 de mayo ejerciendo funciones de Intendente) la camioneta que la comuna había adquirido en 2013 a través de la permuta que había previsto la licitación abreviada efectuada en 2011.
- El precio de la mencionada compraventa se estableció en U$S 63900.
- Según informe del Cr. Jorge Ingold del 21 de Agosto de 2015, ese dinero NUNCA ingresó a la Intendencia además de afirmar que el señor Walter Zimmer no estaba habilitado a contratar con la Intendencia de Colonia según lo dispuesto por el numeral 4 del artículo 487 de la ley 15903.
- A nuestro entender los hechos referidos encierran una gravedad de tal entidad que exigen la intervención de los tribunales jurisdiccionales uruguayos. En consecuencia y atento a dicha circunstancia, los comparecientes entendemos que tenemos la obligación moral y jurídica de poner en conocimiento de la Justicia todos los antecedentes de que disponemos, a los efectos que la SEDE investigue y aplique la ley en todo su rigor.
PRUEBA
A efectos de acreditar los hechos invocados adjuntamos testimonio de todas las actuaciones relativas a los vehículos en cuestión que nos fue remitida por la Intendencia de Colonia en virtud de un pedido de informes que, ejerciendo nuestro derecho constitucional, hicimos hace algunos meses.
PETITORIO
Por lo expuesto y al amparo de lo dispuesto en el artículo 105 del Código del Proceso Penal, al Señor Juez pedimos:
- Que nos tenga por presentados y por formulada la presente denuncia penal.
- Que se dé trámite a la misma.