A partir del 1.° de octubre los vehículos cero kilómetro de cuatro o más ruedas con al menos una fila de asientos traseros deberán incluir, para su comercialización, como mínimo un sistema de anclaje rígido (isofix, latch u otro) que admita la colocación de un elemento de retención infantil en una de las plazas de la fila de asientos traseros.
Para la aplicación de este decreto, se entiende por fecha de nacionalización la fecha de pago establecida en el documento único aduanero para los vehículos nuevos de fabricación extranjera, según indica el decreto.
En tanto, para los vehículos por estrenar de fabricación nacional, correrá la fecha de pago establecida en el documento único aduanero (DUA) tramitado para el kit para ensamble de dicho vehículo, de conformidad a las partidas mencionadas para la normativa.
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