El Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (CAinfo) expresó su preocupación con un artículo de un decreto firmado por varios ministerios que afecta el derecho a la información y establece un mecanismo de censura previa para la divulgación del trabajo científico.
El 24 de abril de este año, el Poder Ejecutivo emitió un decreto con la firma de los ministros de Ganadería, de Relaciones Exteriores, de Defensa y de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente que reglamentó la Ley de Recursos Hidrobiológicos (No. 19.175).
En el artículo 44 del reglamento se establecen una serie de requisitos para otorgar permisos para la pesca con fines de investigación, científicos o docentes, que deberán ser solicitados a la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos (Dinara).
Entre esos requisitos se establece que quienes realicen la investigación deberán explicar los objetivos del proyecto de investigación, los resultados esperados, el curriculum del personal técnico participante y el compromiso de presentar todos los datos y resultados objetivos. Además, se impide a los investigadores a dar publicidad a cualquier tipo de información sobre los datos obtenidos sin autorización expresa de la Dinara.
CAinfo se reunió el jueves 19 con Juan Cristina, decano de la Facultad de Ciencias de la Universidad de la República, para conocer el alcance de las dificultades que puede generar el decreto para la investigación. Estas disposiciones afectan el trabajo de investigación y divulgación científica.
Es oportuno recordar la vigencia del Principio 10 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, de la cual Uruguay es signatario, que consagra que los derechos de acceso a la información, la participación pública y la justicia en asuntos ambientales constituyen una parte central de la relación entre el medio ambiente y los derechos humanos, y son la base de la democracia ambiental y la buena gobernanza.
Esta medida no solo afecta a los investigadores sino también el derecho a la información de la población en general.
Además, establece un mecanismo de censura previa que va en contra de la Constitución (artículo 29) y la Convención Americana sobre Derechos Humanos (artículo 13) a la cual Uruguay se adhirió.
En función de estos elementos, CAinfo entiende que es necesario que el Poder Ejecutivo revea este artículo porque afecta el derecho a la información, de expresión, y que en los hechos puede significar un impedimento al trabajo que realizan investigadores que no dependen del Poder Ejecutivo y desarrollan una labor fundamental en el ámbito académico.
Comentarios