Por Daniel Abelenda
La Sala de Representantes (14 diputados) de los distintos pueblos que componían la Provincia Oriental, aprobó el 25 de agosto de 1825, tres Leyes fundamentales: la de Independencia que declaraba: “…. írritos, nulos, disueltos y sin ningún valor para siempre, los actos de incorporación, reconocimientos, aclamaciones y juramentos arrancados a los pueblos orientales, mediante la violencia; y a consecuencia de lo antedicho, la Provincia Oriental, se declara, de hecho y de derecho, libre e independiente del reino de Portugal, Brasil y cualquier otro del universo, reservándose para sí la forma de gobierno que estime más conveniente.” .
La segunda ley, no menos importante, llamada “de Unión”, declaraba precisamente, la unión de la Provincia Oriental a “las Provincias del Río de la Plata” (actual Argentina, gran parte de Bolivia y su salida al Pacifico, Paraguay, Río Grande del Sur y el Paraguay), con lo cual nuestro país sería sólo una parte de lo que Artigas llamara “los Estados Unidos del Sur.”
La tercera Ley, adoptaba el pabellón tricolor azul, blanco y punzó (la bandera de los 33) enarbolada el 19 de abril en la Playa de la Agraciada y en todas las batallas de la independencia contra el Imperio del Brasil desde Rincón, Sarandí hasta Ituzaingó (1825 – 1828).
Así, en una modesta vivienda de la Villa del Pintado (Florida) quince patriotas, reunidos desde el día 18 de agosto –mientras aún se estaba en plena lucha- habían decidido darle forma jurídica a nuestra Independencia Nacional, creando el llamado “Estado Oriental” que será la denominación oficial recogida por la Constitución de 1830 (recién seremos “República Oriental del Uruguay” en la segunda Constitución, en 1917).
El cuadro de Eduardo Amézaga (1947) y el único que rescata el histórico evento, muestra una habitación iluminada por un único farol, que destaca en el centro al presidente la Asamblea, documento en mano, el Presbítero Francisco Larrobla (diputado por Canelones), y 14 hombres más, 4 de pie (contando a Larrobla), 2 de uniforme militar, uno de los cuales, probablemente, fuera el Coronel Ignacio Barrios, diputado por el Pueblo de las Vacas (Carmelo). Los otros eran: Simón del Pino (por Santa Lucía); Gabriel Antonio Pereira (Pando); Santiago Sierra (Las Piedras); Carlos Anaya (Maldonado); Manuel Calleros (Rocha); Mateo Lázaro Costa (Minas); Juan José Vázquez (Dolores); Juan de León (Durazno); Joaquín Suárez (Florida); Luis Eduardo Pérez (San José de Mayo); y dos colonienses más: Atanasio Lapido (Rosario del Colla) y Juan Tomas Núñez por el Pueblo de las Víboras. El secretario de actas fue Felipe Álvarez de Bengoechea.
A todo esto, quien los había visto crecer y acaudillado desde 1811, pues era una generación mayor que casi todos ellos, estaba exiliado en el Paraguay desde hacía un lustro.
Efectivamente, un 5 de setiembre de 1820, acompañado por una maltrecha columna de 80 leales a caballo, El Protector de los Pueblos Libres, cruza a la altura de La Candelaria (Corrientes) y se interna en territorio guaraní, donde morirá el 23 de setiembre de 1850.
Su proyecto político había sido derrotado por un formidable ejército de 10.000 veteranos de Carlos Federico Lecor, las intrigas del Directorio de Buenos Aires, la diplomacia británica y las montoneras del caudillo entrerriano “Pancho” Ramírez, su exiliado en la Liga Federal.
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