Pasadas las 21 horas el Dr. Enrique Erramouspe salía de la Sede Judicial y le decía a los familiares de los indagados que esperaban la resolución de la Juez Dra. Ecatherina Cardozo (Jueza Encargada) que todos estaban libres.
En efecto la Dra. Cardozo decreto el procesamiento sin prisión de una persona por la presunta comisión de un delito de Atentado especialmente agravado en concurso formal con un delito de Lesiones Personales.
Posteriormente quedaban libres cinco indagados sin perjuicio de continuar con las investigaciones y dos más a los que se dispuso el cese de detención.
La posición del Ministerio Público
El Fiscal Dr. Carlos Chargoñia había considerado prima facie que cinco de los indagados eran autores penalmente responsables de un delito de Atentado especialmente agravado, otro con un delito de Atentado especialmente agravado en concurso formal con un delito de Lesiones Personales.
Para el Ministerio Público «no se puede aceptar de ninguna manera la intolerancia, la incomprensión, la falta de respeto a las autoridades constituídas, al ejercicio y al principio de la autoridad que entre otros aspectos representa la labor policial y que de ninguna manera puede menoscabarse la misma so pena de ingresar en un caos.»
El Fiscal entre las consideraciones sobre la gravedad de los hechos acontecidos solicitó la prisión por motivos de «alarma pública».
La Defensa
Tanto el Dr. Enrique Erramouspe como el Defensor de Oficio Dr. Sergio Leizagoyen entendieron que no existieron pruebas convincentes para decretar los procesamientos. Consideraron que no fueron los autores ideológicos de los hechos, «no se probó en ellos actos de violencia o agresión hacia las autoridades tampoco que fueran los que quemaran gomas ni tiraran piedras si hacemos un relevamiento de la prueba testimonial y de la declaración de los funcionarios» intervinientes.