Desde diciembre y hasta la segunda quincena de abril se prohíbe, en todo Uruguay, la realización de fuegos y quemas en zonas al aire libre sin autorización. El Sistema Nacional de Emergencias (Sinae) recuerda que la imprudencia, el descuido y la intencionalidad son conductas penadas por ley y exhorta a la población a mantener limpios los predios y extremar los cuidados con los fuegos artificiales.
El Sinae comunicó la aplicación del decreto n.º 436/007, que cuenta con un plan general de acción para la prevención, alerta y respuesta a los incendios forestales, obliga al mantenimiento de predios y exhorta a todas las personas extremar el cuidado en el uso de fuegos artificiales.
El incendio es un delito con una carga penal de entre 12 meses de prisión y 16 años de penitenciaría, recuerda. Por otra parte, el artículo 2.º de la ley n.º 15896 establece que las multas se graduarán, según su gravedad, con entre 10 y 200 unidades reajustables. Finalmente, Sinae advierte que el artículo 90 del Código Rural determina que el que hace quemazón de campos está obligado a la “reparación de todos los daños y perjuicios que ocasionare”.
A modo de prevención, comenzaron las tareas de mantenimiento de cortafuegos y limpieza de predios. Además, se realizarán vuelos regulares de vigilancia en los meses de aplicación del decreto y se trabaja en forma permanente con la Dirección Nacional de Bomberos y con las Secciones de Apoyo a Emergencias del Ejército Nacional.