En el marco del Convenio de Asesoramiento entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) y la Corporación Nacional para el Desarrollo (CND) para la estructuración de corredores viales a realizarse mediante contratos de Participación Público Privada (PPP), la CND realizó un Llamado Público Internacional a Ofertas para el Estudio de prefactibilidad técnica, ambiental y socio-económica del bypass de Carmelo (entre otros circuitos).
El 10 de agosto de 2015 se procedió a la apertura de 7 ofertas presentadas. Fue así que se efectuó la evaluación técnica por parte de la Comisión Asesora conformada por un equipo multidisciplinario integrado por el MTOP, MEF, OPP y CND llegando a la resolución que dos empresas cumplían con lo planteado por los criterios de evaluación.
INEXTEC tiene tiempo hasta febrero de 2016 para entregar informe
Fue entonces que se eligió a la empresa INEXTEC CIA. LTDA. (Ecuador). El contrato se firmó el 28 de setiembre de 2015, teniendo 135 días calendario para finalizar sus tareas.
El martes 9 de febrero de 2016 la empresa ecuatoriana debe entregar el informe final.
¿Quién es Inextec?
INEXTEC Cia. Ltda.,es una empresa dedicada a la consultoría, auditoria técnica, investigación y experimentación de técnicas aplicadas fundada en Ecuador en 1996. Se definen como «una sociedad integradora de tecnología para la producción de ingeniería básica y de detalle para obras de infraestructura. Nos dedicamos a la gestión integrada de proyectos en fases de instalación, operación y explotación, mantenimiento preventivo y correctivo, e Investigación + Desarrollo + Innovación tecnológica.»
La empresa ecuatoria «identifica y gestiona la infraestructura urbana y regional, mediante la aplicación de metodologías y modelos técnico-administrativos que procuran la inversión en bienes de capital con alta rentabilidad social y económica, poniendo énfasis en objetivos sostenibles en el tiempo, en la mejora permanente de la calidad, la competitividad y el desempeño de la gerencia privada y pública,» explican en su web.
Esta información fue conseguida por Carmelo Portal amparado en la Ley 18.381, presentada el 31 de octubre ante la CND.