La Justicia uruguaya revocó el fallo que absolvió en 2017 al exministro de Economía Fernando Lorenzo (2010-2013) por abuso de funciones en su actividad durante el proceso de quiebra de la aerolínea estatal Pluna y lo condenó a 20 meses de prisión.
Según confirmaron este viernes a Efe fuentes del Poder Judicial uruguayo, el Tribunal de Apelaciones Penal de primer turno emitió un fallo que revoca la absolución de Lorenzo y confirma la condena del expresidente del Banco República del Uruguay (BROU) Fernando Calloia por abuso de funciones en el denominado «caso Pluna».
De acuerdo a la sentencia judicial, que responde a los recursos de apelación presentados por la Fiscalía para Lorenzo y por la defensa para Calloia, ambos condenados configuraron «un actuar indebido, ilegal y arbitrario» que perjudicó de manera grave «la imagen y el prestigio de la institución pública principalmente involucrada».
El proceso de liquidación de Pluna -aerolínea de bandera uruguaya, fundada en 1936 y transformada en sociedad mixta en 1994- comenzó en julio de 2012, cuando se anunció su quiebra y el inicio del proceso de liquidación de bienes, especialmente de siete aviones de los que el Gobierno uruguayo salió como garante.
La liquidación de la aerolínea se dilató en el tiempo y derivó en diferentes escándalos políticos y empresariales, que se saldaron con el procesamiento sin prisión en 2014 de, entre otros, Lorenzo y Calloia.
Sobre Lorenzo, el tribunal concluyó que «excedió la competencia funcional de su cargo», haciendo que el BROU emitiera un aval millonario para que la empresa española Cosmo -desconocida en el mundo de la aeronáutica- participara de la subasta de los aviones a sabiendas de que el aval no contaría con el contralor mínimo indispensable.
A su vez, según detalla la sentencia, se consideró que «su profesión de economista, su amplia experiencia en el ejercicio de dicha profesión, más la muy elevada dignidad del cargo que en la época desempeñaba» son elementos a tener en cuenta para aducir la condena.
En ese sentido, según indicó el vocero del Poder Judicial, Raúl Oxandabarat, los jueces del tribunal, con un integrante más por no contar con una mayoría inicial, decidieron con un voto en contra de cuatro condenar a Lorenzo a 20 meses de prisión, inhabilitación especial por dos años y multa de mil unidades reajustables (unos 33.300 dólares).
En cuanto a Calloia, condenado en 2017 con las mismas sanciones, los magistrados decidieron no dar lugar a la apelación de la defensa y confirmaron el fallo original de la jueza María Helena Mainard. (EFE)
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