En la jornada de hoy, 12 de diciembre de 2019, se llevó a cabo la reunión ordinaria correspondiente al mes de diciembre de la Comisión de Seguimiento del SUCIVE (Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares).
En la misma se informó los nuevos valores de importación de vehículos para discapacitados, según ley 13102, la cual permite a las personas lisiadas la importación directa para uso personal, de todo tipo de vehículos automotores especiales nuevos o usados, de sistema de adaptación para su manejo, así como de cualquier elemento auxiliar que facilite su desplazamiento.
En este sentido el Ministerio de Economía y Finanzas informó del decreto del Poder Ejecutivo por el que se establece el monto a los efectos de la importación libre de tributos de vehículos para personas discapacitadas, ya que se han planteado diversas interpretaciones contradictorias respecto a si corresponde aplicar la exoneración, por vehículo o por persona discapacitada.
En tal sentido el citado decreto expresa: «En caso que dos o más discapacitados – que posean entre sí un vínculo familiar estable acreditable jurídicamente – prueben la necesidad de utilizar un único vehículo en forma justificada a criterio del Ministerio de Economía y Finanzas, el máximo de valor no imponible (..) incluyendo la eventual adaptación, podrá elevarse excepcionalmente hasta un máximo de U$S 32.000 (treinta y dos mil dólares de los Estados Unidos de América) del valor de Aduanas.»