A través de un decreto firmado por el presidente Lacalle Pou, el Gobierno definió la libre divulgación de las investigaciones científicas y datos globales o estadísticos obtenidos en el medio acuático sin que se requiera autorización previa de la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos ni de ninguna otra dependencia del Estado. La medida está basada en normativas de protección ambiental y de acceso a la información pública.
El presidente de la República, Luis Lacalle Pou y la ministra de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, Irene Moreira, dispusieron mediante decreto con fecha del lunes 13 de abril que los resultados de las investigaciones científicas, así como los datos globales o estadísticos obtenidos en medios acuáticos se puedan difundir libremente.
La disposición establece que no será necesaria para ello la autorización de la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos ni de ninguna otra dependencia del Estado.
“El artículo 47 de la Constitución de la República establece que la protección del medio ambiente es de interés general y que el acceso al agua potable y al saneamiento constituyen derechos humanos fundamentales”, indica el decreto.
Además, toma en cuenta “que el fomento de la investigación pesquera es vital para obtener la información científica y tecnológica necesaria para conservar y promover la sustentabilidad y el uso responsable de los recursos hidrobiológicos nacionales, sin perjuicio de las disposiciones de la ley n.° 19.175 y de las competencias asignadas a la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos”.
Finalmente, el documento recuerda que, según el principio de transparencia vigente para la Administración Pública y lo dispuesto en la ley 18.381, “las excepciones al acceso a la información pública serán de interpretación estricta”.