En la Comisión Sectorial de Descentralización del mes de diciembre, donde participaron por primera vez los representantes de los Gobiernos Departamentales entrantes, se presentaron informes de diferentes programas y se realizó la aprobación del reglamento del Fondo de Incentivo a la Gestión Municipal.
El nuevo reglamento de gestión administrativa del Fondo de Incentivo a la Gestión Municipal, fue aprobado por unanimidad. Dicho reglamento está en concomitancia con la Ley Nacional de Presupuesto y es el documento que orienta a cómo utilizar el fondo y dentro de él, cada uno de sus literales (A,B, C y D); en este documento se reglamenta cómo se transfieren y se rinden cada uno de ellos.
Conceptualmente el FIGM es un sistema de incentivos, que contribuye a que los Municipios desarrollen sus capacidades de planificación y la vinculación de los Planes Operativos Anuales (POA) con el presupuesto que disponen; el fondo apunta a fortalecer al tercer nivel de gobierno en sus capacidades de planificación y de gestionar su presupuesto.
Una novedad que tiene este nuevo reglamento, en relación al anterior, es que el foco de este sistema de gestión municipal es la elaboración de proyectos, lo cual apunta a fortalecer las capacidades de los Concejos Municipales en poder traducir las necesidades y problemáticas que existan en sus territorio, y traducirlas en líneas de acción.
Cambios
Uno de los cambios es la creación del “literal D” (de proyecto abierto), que elimina los proyectos concursables de OPP y genera un fondo que se divide entre los 125 municipios por igual, el cual puede ser utilizado en uno o más proyectos.
También cambia el literal B (proyectos de inversión), el cual dice que la intendencia y el municipio deben acordar una cartera de proyectos, además de aportar el dinero contra el proyecto, en lugar de enviarlo mensualmente. En caso de no cumplir con los proyectos, perderán el dinero y se redistribuirán en otros departamentos.
Otra modificación, señala El País, se encuentra en el reglamento, ahora es obligatorio que las intendencias destinen el 15% de su Fondo de Desarrollo del Interior (FDI) a territorios municipalizados, en acuerdo con el concejo municipal y el alcalde.
La plata disponible y cómo se administra
El actual reglamento contiene cuatro “Literales”, de los cuales cada uno tiene asignado un monto específico.
El FIGM tiene destinados para el quinquenio (2021-2025), más de $ 7.000 millones, dentro de los cuales están asignados en el literal “A” de libre disponibilidad, “B” para inversión (es el más importante en cuanto a montos), “C” para compromiso de gestión y “D” para proyectos abiertos (estos pueden ser proyectos culturales, rurales, deportivos, entre otros).
“(Con el Literal D) quisimos marcar la igualdad entre todos los municipios del país. En la gestión anterior se concursaba para llegar a él con diferentes proyectos, pero solamente se beneficiaban aquellos que tenían algún equipo o presentaba el proyecto y estaba dentro de 30 o 40 municipios.
Ahora, esta plata la dividimos y la incrementamos en todos los municipios y todos tienen las mismas posibilidades, desde el que tiene más habitantes al que tiene menos”, sostuvo María De Lima, al diario El País.
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