La Suprema Corte de Justicia (SCJ) declaró inhábiles los días comprendidos entre el 31 de mayo y el 15 de junio del corriente año (Resolución SCJ nº 68/2021). La medida suspende el transcurso de los plazos procesales, sin perjuicio de los actos que efectivamente se cumplan en dicho período.
La atención al público se desarrollará con cita previa a través de la agenda web, durante todos los días hábiles de la semana en horario de 13 a 18 horas.
Se mantiene en todos sus términos lo dispuesto por el art. 2.1 de la Resolución nº 33/2020 dictada por la SCJ el día 14 de mayo de 2020 (Circular nº 84/2020), que refiere a los casos en que la sede deberá asignar manualmente un lugar en la agenda cuando ya no se pueda hacer de modo automático.
Las audiencias presenciales a señalarse se celebrarán los días martes y jueves de cada semana, salvo que medien razones de urgencia debidamente justificadas, que determinen la necesidad de fijarles en días distintos a los señalados.
Los días lunes, miércoles y viernes se realizarán aquellas audiencias que puedan cumplirse por medios telemáticos.
Los funcionarios de las oficinas se organizarán en dos equipos que concurrirán en días alternados. La conformación de los equipos será responsabilidad de los jerarcas de cada sede judicial
Las mesas centralizadas de recepción de escritos judiciales en este período solo aceptarán, sin agenda previa: escritos correspondientes a amparos, restitución de menores, procedimientos relativos a ratificaciones de tenencia, incapacidades, medidas cautelares, provisionales y anticipadas.
Los restantes escritos se recibirán en las respectivas sedes de destino previa cita por agenda web.
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