Las empresas que opten por hacer uso de este permiso deberán cumplir una serie de medidas sanitarias: todos los mayores de 12 años deberán acreditar el certificado de vacunación que constate el suministro de las dos dosis de la vacuna contra la COVID-19 y que hayan transcurrido los catorce días a partir de aplicada la segunda. Deberán exhibir el mencionado certificado impreso o en forma digital, mediante la aplicación Coronavirus UY.
La publicación de la SND informa también que el tiempo de uso de espacios destinados a vestuarios o similares no podrá exceder los 15 minutos por persona.
Por último, las personas físicas y jurídicas propietarias o administradoras de gimnasios o lugares cerrados donde se realice la actividad deportiva deben haber proporcionado los datos identificatorios (mediante el sitio web www.gub.uy/snd), y designado oficial de cumplimiento, conforme con lo previsto por la resolución 73/21, del 20 de mayo de 2021, del secretario nacional del Deporte.
Quienes no utilicen la facultad referida deberán continuar rigiéndose por las medidas vigentes según lo dispuesto en comunicados emitidos anteriormente por la SND, los 25 y 28 de junio de 2021. Los propietarios o administradores de gimnasios, recintos cerrados y piscinas en espacios abiertos o cerrados deberán observar, mediante su oficial de cumplimiento, que se respeten las medidas precautorias establecidas, así como los protocolos oportunamente homologados por el Ministerio de Salud Pública, bajo apercibimiento de la aplicación de las sanciones previstas en el ordenamiento jurídico vigente.
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