Hasta la fecha se presentaron 28 acciones de inconstitucionalidad contra la «Ley de Medios. Regulación de la prestación de servicios de radio, televisión y otros servicios de comunicación audiovisual» nº 19.307, de las cuales 22 ya se encuentran a estudio de los integrantes de la Suprema Corte de Justicia.
Cinco de los procedimientos están en etapa de diligenciamiento de prueba, mientras que en el caso del expediente 1-18/2016 iniciado por Direct TV de Uruguay Ltda. se dictó la sentencia nº 79/2016 que declara inconstitucionales e inaplicables para el accionante los artículos 39 inc. 3, 55, 60 lit. C y 98 inc. 2 de la mencionada norma.
De las 28 acciones de inconstitucionalidad contra la Ley de Medios, una de ellas fue presentada por la empresa local Carmelo Cable Visión, expediente 1/111/2015.
Qué dice la Constitución?
De acuerdo con el art. 258 de la Constitución de la República, la declaración de inconstitucionalidad de una ley y la inaplicabilidad de las disposiciones afectadas por aquella, podrán solicitarse por todo aquel que se considere lesionado en su interés directo, personal y legítimo:
1º) Por vía de acción, que deberá entablar ante la Suprema Corte de Justicia.
2º) Por vía de excepción, que podrá oponer en cualquier procedimiento judicial.