El edil departamental Gabriel Gabbiani (P. Colorado – CIUDADANOS) presentó un Proyecto de Decreto para aprobar una medida cautelar “non edificandi” de protección de toda la zona costera del departamento de Colonia.
Lo hizo, según explicó, para contrarrestar de alguna manera las acciones que están llevando a cabo algunos propietarios de predios linderos a la costa que, con las mismas, impiden el paso a las playas garantizado por la legislación.
En su Exposición de Motivos el edil colorado destaca que “construir cerca de la costa” actualmente “es prácticamente imposible en todo el mundo”, porque “muchas de esas hermosas casas u hoteles que se ven hoy serían ilegales porque no cumplirían las leyes costeras que rigen en la mayoría de los países”.
Hoy, a nivel global “se intenta proteger la costa, alejando la mayoría de las actividades a una distancia prudencial para proteger, respetar y valorar la franja litoral”, expresa el edil.
Gabbiani recalca la costa como “un ecosistema con un valor inapreciable, pero también muy frágil, y, por tanto, ha de ser protegida y respetada. Es un ambiente sumamente complejo donde interactúan intensamente procesos naturales y socioeconómicos, áreas especialmente vulnerables a los efectos derivados del cambio climático, como el aumento del nivel del mar, la erosión o los fenómenos meteorológicos extremos. Allí ocurren sucesos naturales que pueden ser devastadores de forma permanente y gradual (por ejemplo, el incremento en el nivel y acidificación del mar) o nocivas y discontinuas (como los cambios súbitos asociados a la presencia de intensas tormentas)”.
“Los terrenos cubiertos por agua total o parcialmente, o íntimamente ligados con ella, entre ellos la ribera del mar y de las rías, las playas, las marismas, las dunas, las lagunas, etc., por definición son públicos y pertenecen al Estado. Es lo que a nivel global normalmente se conoce como Dominio Público Marítimo-Terrestre (DPMT). Saber exactamente dónde termina el mismo y comienza la propiedad privada responde a la profusa normativa que se encarga de realizar el deslinde, que consiste en establecer una faja de un determinado ancho a partir de la línea
superior de la ribera. Ésta, en el caso que nos ocupa, para el Río de la Plata, es la que resulta del promedio de las máximas alturas registradas cada año durante un período no menor de 20 años. Esa es, en buen romance, la línea que separa la tierra del mar”, argumenta Gabbiani.
Para el edil de CIUDADANOS, “resulta de vital importancia conservar y regenerar estos espacios, ya que actúan como barrera natural ante los impactos climáticos y, además, fomentan el turismo en la región. Mantener, recuperar y reponer – llegado el caso- la arena de las playas, que hoy día está siendo disminuida como consecuencia del cambio climático y de la extracción ilegal que en ocasiones se produce en las mismas, es imperioso, y las construcciones en la faja costera van en sentido contrario”. De igual manera, “atentan contra el mantenimiento y la preservación de la faja costera los cerramientos (tranqueras, porteras, alambrados y otros elementos) que en el departamento de Colonia están siendo construidos o colocados por vecinos que argumentan ser los propietarios de los predios linderos al Río de la Plata, al tiempo que con tales instalaciones impiden el paso de los ciudadanos hasta la costa, el que está garantizado por una copiosa normativa”, prosigue.
En virtud de lo expuesto, Gabbiani propuso un Proyecto de Decreto de 7 artículos que en su parte medular propone “extender la medida cautelar aprobada por esta Junta Departamental el 12 de mayo de 2022, por la cual se establece la prohibición de construir, edificar, alambrar o delimitar de cualquier manera, en una faja de 150 metros de ancho medidos hacia el interior del territorio a partir de la línea superior de la ribera del Río de la Plata, en el arco costero comprendido desde el límite urbano Este de la ciudad de Juan Lacaze (playa Charrúa) hasta la desembocadura del Río Rosario, para la costa del departamento de Colonia en toda su extensión, desde el Arroyo del Sauce, en el límite con el departamento de Soriano, hasta el Arroyo Cufré, en el límite con el departamento de San José”.
Además, prohíbe “en la zona de servidumbre de protección, entendida ésta como la franja de terrenos de propiedad privada colindante con el Dominio Público Marítimo-Terrestre (DPMT) medida en un ancho de 250 metros a partir de la línea superior de la ribera, nuevas construcciones de cualquier tipo, como así también la ampliación de la superficie, la altura o el volumen de las edificaciones existentes”.
Asimismo, propone “establecer una servidumbre de tránsito en una franja de 7 metros de anchura medidos desde la línea superior de la ribera, prohibiendo en dicha zona la construcción de cualquier tipo de instalación.
Dicha franja deberá dejarse permanentemente expedita para el uso público peatonal y para los vehículos de vigilancia y salvamento”. Dicha franja, agrega, “se podrá rever en casos puntuales, pero en cualquier caso, la remisión deberá ser considerada por la Junta Departamental”.
“Tenemos la necesidad y la obligación de preservar las costas del departamento de Colonia garantizando, simultáneamente, el libre acceso de los ciudadanos a las mismas establecido en la normativa vigente. La costa es una zona de dominio público, y, por tanto, es un bien del Estado inalienable, imprescriptible e inembargable, que en su ámbito no admitirá ningún uso y aprovechamiento de carácter privado, salvo los indicados en la normativa vigente”, finalizó Gabbiani.
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