En una nueva etapa de la operación “Maléfica”, investigación que viene llevando adelante la Brigada Departamental Antidrogas de la Jefatura de Colonia, bajo la órbita de la Fiscalía Letrada de Rosario y en coordinación con la Justicia de Tercer Turno de Rosario, se realizaron veinticinco allanamientos en Colonia, Canelones, Montevideo y Maldonado.
Durante los procedimientos, llevados a cabo en coordinación con personal de las Jefaturas involucradas, se detuvo a diez personas y se incautó:
282 kilos con 549 gramos de marihuana.
641 plantas de cannabis.
237 plantines de cannabis.
Tres vehículos.
11.040 pesos uruguayos.
12 celulares.
Un revólver calibre 38.
Siete computadoras.
Además, la Policía incautó implementos para elaborar la sustancia como polvo derivado de la marihuana, THC, CBD, aceites, nutrientes para plantas, dispositivos para secado, prensas y gas butano, así como una sustancia denominada Hach o “Melaza” conocida así en el ambiente del narcotráfico, que se obtiene del sometimiento del cannabis a una prensa caliente que permite sacar una sustancia similar a la miel, que tiene un poder adictivo diez veces mayor al del cannabis común, según indicó el jefe de Policía de Colonia Fabio Quevedo en conferencia de prensa.
La Justicia condenó como autores penalmente responsables de un delito de asociación para delinquir especialmente agravado en reiteración real con un delito de suministro de sustancias estupefacientes a:
J.A.V. a la pena de dos años y cuatro meses de penitenciaría.
E.M.M.S. y F.A.C.J. a la pena de dos años y dos meses de penitenciaría.
M.DL.R. a la pena de dos años y un mes de penitenciaría.
F.F.L.G. como autor penalmente responsable de un delito de asociación para delinquir especialmente agravado en reiteración real con un delito de asistencia a la pena de veintidós meses de prisión a cumplir de la siguiente manera: seis meses de arresto domiciliario en el horario comprendido entre las 22 y las 8 horas con control policial aleatorio y los dieciséis meses restantes a cumplir en régimen de libertad a prueba y condiciones de prestar servicio comunitario por el plazo de diez meses por el término de ocho horas mensuales.
F.N.L.R. por la comisión de un delito de asociación para delinquir especialmente agravado en reiteración real con un delito de suministro de sustancias estupefacientes y un delito de tráfico interno de armas y municiones a la pena de dos años y ocho meses de penitenciaría.
F.LR.S. como autor penalmente responsable de un delito de asociación para delinquir especialmente agravado en reiteración real con un delito de suministro de sustancias estupefacientes a la pena de dos años y un mes de penitenciaría.
L.A.L.R. por la comisión de un delito de asociación para delinquir especialmente agravado en reiteración real con un delito de asistencia, a la pena de veintidós meses de prisión a cumplir de la siguiente manera: seis meses de arresto domiciliario en el horario comprendido entre las 22 y las 8 horas con control policial aleatorio y los dieciséis meses restantes a cumplir en régimen de libertad a prueba y condiciones de prestar servicio comunitario por el plazo de diez meses, ocho horas mensuales.
C.R.V. como autora penalmente responsable de un delito de asociación para delinquir especialmente agravado en reiteración real con un delito de asistencia a la pena de veintidós meses de prisión a cumplir de la siguiente manera: seis meses de arresto domiciliario en el horario comprendido entre las 22 y las 8 horas con control policial aleatorio y los dieciséis meses restantes a cumplir en régimen de libertad a prueba y condiciones de prestar servicio comunitario por el plazo de cuatro meses y por el término de ocho horas mensuales.