Las personas que entran y salen de prisión y hacen de la delincuencia su forma de vida son los casos a analizar para ver cómo se consideran penalmente y creemos que es ahí que debe aplicarse la nueva ley de libertad anticipada”, dijo el ministro Eduardo Bonomi respecto de críticas del presidente de la Suprema Corte, Ricardo Pérez Manrique. Esa norma fue apoyada por todos los partidos y eso los jueces deben respetarlo”, dijo.
“Creo que eso no es así”, respondió a los periodistas el ministro Bonomi, en relación a las expresiones de Pérez Manrique sobre que el Presidente de la República, Tabaré Vázquez, busca culpables de la seguridad en otros lados.
“La ley tiene dos grandes capítulos. Uno de las libertades anticipadas y su limitación a reincidentes y reiterantes. Algo que se tiene que aplicar”, dijo respecto de las discrepancias que marcó la Asociación de Magistrados con la aplicación de la Ley N.° 19.446 de Libertad Anticipada.
Esta norma fue respaldada por todos los partidos en las reuniones sobre seguridad ciudadana organizadas por el Presidente Vázquez, señalaron desde Presidencia de la República.
El segundo capítulo de esa ley refiere a los primarios absolutos, para los cuales se propone sustituir las penas de prisión por alternativas, lo cual significa que un condenado hasta tres años de prisión permanecerá en libertad vigilada y hasta cinco en libertad especialmente vigilada, aclara el comunicado de prensa desde el Poder Ejecutivo.
“Tiene un artículo, además, que habla de la inmediatez de la ley, donde hay que discutir, pero yo no me voy a meter en eso, si la ley se puede aplicar a los que ya fueron procesados hace dos años o solamente se aplica a los que sean procesados a partir de la aprobación en adelante”, consideró el Ministro.
Bonomi expuso ejemplos de una persona que fue procesada el 22 de febrero por un hurto especialmente agravado, fue liberada el 9 de junio, el 21 de ese mismo mes fue nuevamente procesada, esta vez por un hurto en grado de tentativa, luego otra vez liberada el 3 de octubre, para finalmente ser objeto de un nuevo procesamiento el 15 de ese mes por otro hurto.
“Ustedes ven que sale en libertad y no pasa 10 días que lo procesan nuevamente. Este es un caso”, advirtió.
Otro caso fue una señora que fue procesada el 29 de enero por hurto especialmente agravado y salió el 9 de junio, para ser luego procesada el 23 de ese mismo mes por el mismo hecho delictivo.
“Esto se repite continuamente. Entonces justamente los que entran y salen de esa forma y hacen de la delincuencia su forma de vida son los casos que uno tiene que analizar cómo lo considera penalmente”, indicó.
“Entendemos que en esos casos debe aplicarse esa ley, que fue aprobada por todo el sistema político, no por una mayoría escueta sino por mayoría absoluta. Esto hay que respetarlo”, puntualizó.