“El sistema está funcionando perfectamente. Los productores deben solicitar la factura del gasoil con número del Registro Único Tributario y al día 15 del mes siguiente concurren a Abitab y levantan el dinero”, explicó Tambler en la conferencia de prensa realizada este jueves 19 en la sede del Ministerio de Ganadería.
El Poder Ejecutivo promulgó, el 16 de febrero de 2018, la ley n.º 19595, que otorga a los productores de leche, arroz, flores, frutas y hortalizas, que no tributen el impuesto a las rentas de las actividades económicas (Irae), la devolución del impuesto al valor agregado (IVA) incluido en sus adquisiciones de gasoil destinadas al desarrollo de esas actividades productivas. La devolución se realiza desde el 1.º de marzo de este año.
Además, el 21 de marzo se promulgó la ley n.º 19602, que otorga a los productores de ganado ovino y bovino que no tributen el impuesto a las rentas de las actividades económicas (Irae) la devolución del impuesto al valor agregado (IVA) incluido en sus adquisiciones de gasoil destinadas al desarrollo de la cría o engorde de animales. La vigencia es de un año a partir del 1.° de marzo.
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