En el marco de la Jornada Nacional en Defensa de la Educación Pública propuesta por (Fe.Na.P.E.S.), los docentes presentaron algunas preoupaciones sobre el anteproyecto denominado (LUC) Ley de Urgente Consideración,dentro de los 457 artículos que lo componen, hay 67 –en la sección III- referidos a la Educación que afectan las condiciones laborales de los funcionarios docentes y no docentes, señalan desde la FENAPES.
Según la mirada de los sindicalistas estos serían:
- Más de un estatuto
La multiplicidad estatuaria para funcionarios docentes y no docentes que pretende establecer la movilidad entre uno y otro, originará distintos derechos para los trabajadores de la educación en virtud del estatuto que se utilice. Habrá distinta remuneración para los trabajadores de un mismo grado y escalafón generándose inequidad e injusticia. La estabilidad laboral de los funcionarios docentes ya no dependerá de su ubicación escalafonaria, -es decir, de sus méritos, calificación, antigüedad, etc.- sino de una decisión arbitraria supeditada a la voluntad de las direcciones liceales, ya que tendrán la potestad de designar “la conformación de planteles estables”.
2. Sustitución de la Libertad de Cátedra por una “autonomía técnica”.
En un contexto el que unilateralmente se definan métodos y proyectos se restringe a su mínima o nula expresión, el derecho del profesional docente a la libre planificación de sus cursos y las actividades educativas. Mediante esta disposición se pretende atar ideológicamente al docente a un determinado modelo, como condición para el acceso al trabajo, prescindiendo de factores objetivos que garanticen el principio de igualdad.
3. Los órganos de la ANEP
Por otra parte, el Consejo Directivo Central, si bien será designado como está previsto en Ley actual (tres consejeros propuestos por el Poder Ejecutivo, con venia parlamentaria, y dos electos por los docentes) tomará decisiones en aspectos sustantivos por mayoría simple. Actualmente, para designar los integrantes de los Consejos Desconcentrados, el CODICEN necesita la votación de la menos cuatro de sus cinco integrantes, lo cual supone algún nivel de acuerdo con los representantes docentes. Con la modificación propuesta, los tres miembros propuestos por el Ejecutivo podrán decidir esas designaciones sin necesidad de otros acuerdos.
Fuente: FENAPES Filial Oeste
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