La Justicia uruguaya ratificó la sentencia que obliga a la empresa tecnológica estadounidense Google a desindexar información personal que estaba incluida en noticias de hace más de 10 años surgidas a raíz de una denuncia penal ya archivada.
Así lo detalla el documento, al que tuvo acceso la Agencia EFE, en el que el Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 6° Turno confirma la sentencia del Juzgado Letrado en lo civil de 2° Turno y tras la defensa del estudio Cervieri Monsuárez.
El fallo, del que se desconoce a la persona o entidad demandante, condena a Google Argentina, oficina encargada de la región sur de América, y también a su matriz en Estados Unidos.
En ese sentido, Uruguay se une a un selecto grupo de países en el mundo en los cuales el Poder Judicial ha puesto límites a los gigantes de la tecnología en el tratamiento y protección de datos personales.
Este año se dictó la primera sentencia por la que se reconoció la aplicación del «derecho al olvido» como un mecanismo de protección de derechos humanos fundamentales, al amparo de lo que es la normativa nacional e internacional que existe en la materia.
Sin embargo, Google apeló pero fue confirmada en un fallo de segunda instancia emitido el 3 de octubre de 2022.
El «derecho al olvido», sobre el que se apoya esta sentencia, es un concepto relacionado con el derecho a la intimidad e imagen, la protección de datos personales y el derecho al honor.
Cada dato publicado en internet genera una huella digital para las personas relacionadas con esa información, pero el derecho al olvido sirve, según la legislación en la materia que existe, por ejemplo, en la Unión Europea, para que cualquier persona tenga el derecho de pedir eliminar un contenido que le perjudica de alguna manera.
Si bien, en ocasiones, este concepto puede generar fricciones con la libertad de expresión e información, desde el estudio Cervieri Monsuárez se afirma que la sentencia dictada por el Tribunal de Apelaciones “mantiene intacta la libertad de prensa y expresión». (EFE)
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