Comienza a regir el nuevo sistema previsional común este martes 1.° de agosto de 2023, conforme a los cambios establecidos en la ley n.° 20.130. Estos cambios afectarán a los usuarios del Banco de Previsión Social (BPS), otros organismos del área, las administradoras de fondos de ahorro previsional (AFAP) y las aseguradoras. El objetivo principal del nuevo sistema es permitir la compatibilidad entre el empleo y la jubilación, según destacaron el ministro de Trabajo y Seguridad Social, Pablo Mieres, y el presidente del BPS, Alfredo Cabrera.
La ley n.° 20.130, conocida como Reforma de la Seguridad Social, mantiene el esquema mixto de solidaridad intergeneracional y ahorro individual. Es importante destacar que las personas jubiladas o que reciben una pensión por sobrevivencia no verán modificadas sus prestaciones.
Los cambios que inician el 1.° de agosto son solo el primer hito de una serie de modificaciones previstas por la normativa. La segunda etapa entrará en vigor el 1.° de diciembre de 2023 y abarcará a todas las personas que inicien su primera actividad laboral a partir de esa fecha o que, aportando a otros organismos previsionales, ingresen a actividades que deban registrarse en el BPS. También se aplicará a quienes cumplan con la causal jubilatoria a partir del 1.° de enero. La tercera modificación comenzará a regir en 2033, aplicándose a las personas que inicien el proceso jubilatorio mediante el nuevo régimen.
En la primera etapa, el nuevo sistema de envejecimiento activo contempla tres modalidades. La primera permite a los pasivos reincorporarse al mercado laboral en el mismo sector de actividad por el cual se jubilaron. La segunda modalidad permite a las personas que integran el mercado laboral acceder a una jubilación parcial flexible, trabajando de un tercio hasta la mitad del tiempo. La tercera modalidad está dirigida a personas dependientes con múltiples empleos y causal jubilatoria por uno de ellos, quienes podrán seguir trabajando en otro sector de actividad.
En el caso de los trabajadores no dependientes, como titulares de empresas, podrán jubilarse con 65 años y el tiempo requerido de aportes, y podrán optar por continuar trabajando siempre que mantengan personal a cargo o dejar de realizar los aportes.
En el sector doméstico, la ley prevé un nuevo régimen para que aquellas personas con años de trabajo no declarados puedan incorporarse al sistema. El procedimiento implicará que el trabajador y el empleador acudan a las dependencias del BPS para solicitar la reincorporación y regularizar la declaración y la falta de aportes.
El ministro de Trabajo, Pablo Mieres, considera que estas transformaciones serán un cambio significativo para los trabajadores y pasivos del BPS, ya que permitirán la compatibilización del empleo con la jubilación. Además, Mieres destaca que estas modificaciones fomentarán la creación de más empresas unipersonales y aumentarán el trabajo dependiente y la población económicamente activa.
El nuevo sistema previsional común que entra en vigor el 1.° de agosto de 2023 trae importantes cambios que buscan mejorar la compatibilidad entre el empleo y la jubilación. Esta reforma de la seguridad social, establecida por la ley n.° 20.130, implicará varias etapas de implementación y contempla distintas modalidades para el envejecimiento activo. Según las autoridades, estas medidas beneficiarán a cientos de miles de uruguayos, no solo a los que ya están jubilados o próximos a jubilarse, sino también a los más jóvenes que podrán aprovechar estas oportunidades para compatibilizar jubilación y trabajo en el futuro.
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